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¿Cuánto me corresponde de aguinaldo? y otras 6 preguntas frecuentes

Con el cierre de año a la vuelta de la esquina, también llega el pago del aguinaldo y con él una serie de inquietudes. ¿Tengo derecho al aguinaldo?, ¿cuánto me corresponde? y ¿cuándo debo recibirlo? son algunas de las preguntas más comunes entre los trabajadores.

Parte de la labor de Adecco es brindar la certeza legal, tanto a los trabajadores como a las empresas, de que se cumplan todas las disposiciones legales en materia laboral. Al asesorar y poner en práctica las mejores soluciones en recursos humanos, nos hemos encontrado con dudas respecto a este derecho laboral. 

A continuación, respondemos las 7 preguntas más frecuentes sobre el aguinaldo para que puedas estar seguro de recibir lo que te corresponde y qué puedes hacer si no lo recibes.

1. ¿El aguinaldo es obligatorio?

El aguinaldo es un derecho laboral estipulado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, el cual establece que el monto mínimo que debe pagarse es el equivalente a 15 días de salario.

En caso de que el salario que perciben los trabajadores sea variable, la legislación establece en su artículo 89 que se deberá de tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados antes de la fecha de pago.

2. Si no he cumplido el año, ¿tengo derecho al aguinaldo?

Los trabajadores que no hayan cumplido el año de servicios completo tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, correspondiente al tiempo que hayan laborado. 

3. ¿En qué fecha debo recibir mi aguinaldo? 

El aguinaldo deberá pagarse a los trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año. A los colaboradores cuya relación de trabajo termine antes de dicha fecha, el aguinaldo proporcional les deberá ser pagado al momento de la terminación de la relación laboral como parte de su liquidación o finiquito.

4. ¿Cómo puedo saber cuánto me corresponde?

En caso de haber laborado el año completo, se multiplica el salario diario por 15 días y el resultado es la cantidad que te corresponde por este concepto. En caso de laborar menos de un año, el cálculo varía con relación al número de días. A continuación, te brindamos un enlace para que puedas calcular la cantidad que deberías recibir.

>>Calcula cuánto te corresponde de aguinaldo<<

5. Si estoy contratado por honorarios, ¿tengo derecho al aguinaldo?

Los trabajadores contratados por honorarios no tienen derecho a recibir el pago del aguinaldo, a menos que puedan comprobar que sólo trabajaron para un patrón y que cubrieron la jornada máxima legal de 8 horas durante un año. 

6. En caso de incapacidad, ¿se me descuenta el aguinaldo?

Todos los trabajadores incapacitados por riesgo de trabajo o de trayecto tienen derecho a recibir completo el aguinaldo. Por ejemplo, los días de ausencia laboral por motivo de periodos pre y postnatales no deben ser descontados como no trabajados.

7. No me pagaron mi aguinaldo, ¿qué puedo hacer?

Existe un plazo de un año en caso de que esta prestación no sea cubierta o se pague de forma incompleta para presentar la queja correspondiente.

Los trabajadores que no reciban su aguinaldo en tiempo y forma podrán denunciarlo ante la Procuraduría Federal de Defensa del Trabajo (Profedet), misma que interpondrá la demanda respectiva ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.

>> ¿De cuánto es la multa para los patrones que no pagan el aguinaldo? <<

Para recibir mayor información o hacer alguna aclaración, la Profedet pone a disposición de los trabajadores su servicio de orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877 o de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.

Como agencia especializada en recursos humanos, en Adecco contamos con un portal de empleo con vacantes competitivas en toda la República Mexicana, las cuales cumplen con todos los lineamientos legales, de tal forma que puedes estar seguro de que tus derechos laborales serán respetados.